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miércoles, 14 de mayo de 2014

CCOO informa sobre la reunión de las Mesas Paritarias del PAS: Las Universidades sólo saben decir NO

Tal y como os informamos, el pasado lunes 12 de mayo se reunieron las Mesas Paritarias de Seguimiento del II Acuerdo del PASF y del II Convenio del PASL. Con independencia del tema que se tratara, todas las propuestas de la parte social se encontraron con la misma respuesta:“NO”

viernes, 15 de noviembre de 2013

CCOO informa sobre las jubilaciones parciales del personal laboral de la UCM


La Universidad Complutense de Madrid ha confirmado a CCOO que se pueden hacer las jubilaciones parciales según la normativa anterior, regulada por la Ley 27/2011 de 1 de agosto.

Como CCOO informó el pasado 6 de noviembre a toda la plantilla del PAS Laboral y del PDI Laboral, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha admitido la reclamación previa a la vía jurisdiccional de la UCM.

El INSS no va a contestar por escrito a la reclamación, sino que se publicará en el BOE el listado de las empresas que reúnen los requisitos para jubilarse por la citada normativa.

Consultada nuestra Asesoría Jurídica, os recordamos que las condiciones para acceder a la jubilación parcial son:

·        Haber nacido antes del 31/12/1959
·        Tener 61 años cumplidos
·        Tener 30 años de cotización (25 años para los discapacitados)
·        Haber estado en activo, al menos, durante los últimos 6 años en la UCM.

CCOO recalca que gracias a las gestiones realizadas por nuestra Sección Sindical ante el INSS se ha solucionado el conflicto felizmente, ya que éste ha cerrado el plazo de resolución de reclamaciones la semana pasada, quedando muchos expedientes sin estudiar sobre la mesa.


Por ultimo, CCOO se suma al reconocimiento, expresado por todas las Secciones Sindicales, al trabajo realizado en el seno del Comité de Empresa.





lunes, 4 de noviembre de 2013

CCOO INFORMA PAS LABORAL. LA SITUACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL EN LA UCM



El Real Decreto Ley 5/2013, publicado el 15 de marzo de 2013, modifica las jubilaciones parciales. Se permiten 2 modalidades:

·         Jubilación con una reducción de jornada de trabajo comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50% sin necesidad de la celebración simultánea de un contrato de relevo. En el caso de contratación de relevista su jornada dependerá de su base de cotización siendo ésta como mínimo el 65% de la base de cotización del trabajador relevado.
·         Jubilación del 75% con relevista contratado al 100%, siendo su base de cotización como mínimo el 65% de la base de cotización del trabajador relevado. En esta modalidad se mantiene el contrato 2 años más que la edad de jubilación obligatoria del  jubilado parcial.


miércoles, 3 de julio de 2013

CCOO Informa PAS Laboral


Durante la reunión mantenida en la tarde de ayer entre la Comisión Permanente del Comité de Empresa, el Rector y la Gerente de la UCM, se ha alcanzado el acuerdo de paralizar la supresión de la retribución salarial del complemento de jornada de mañana y tarde durante los meses de julio y agosto.

Los miembros de CCOO en dicha Comisión, han expuesto al Rector que dicho complemento forma parte de la retribución ordinaria del personal afectado.

Hemos señalado que se trata de jornadas y retribuciones obtenidas mediante convocatorias públicas de concurso-oposición, y que cuando las decisiones que afectan a sus potestades de organización tienen una repercusión sustancial sobre las condiciones de trabajo (jornadas, salarios…) procede la negociación con los Órganos de Representación.

El Rector se ha mostrado receptivo y se ha comprometido a no aplicar ninguna medida económica hasta el próximo 15 de septiembre y a abrir un proceso de negociación.

Agradecemos vuestro apoyo y colaboración. Nuestra fuerza radica en vosotras y vosotros


Os adjuntamos el comunicado que acabamos de recibir de la Universidad:

Comunicado a la plantilla de PAS Laboral

Tras la reunión mantenida hoy, martes 2 de julio, con la Comisión
Permanente del Comité de Empresa del PAS Laboral, comunicamos la
propuesta ahí planteada:

‐ La UCM congela la medida de no pago de la jornada partida
comunicada la semana pasada hasta el 15 de septiembre.

‐ Por respeto a las dudas planteadas por algunos miembros del
Comité de Empresa, la UCM hará una segunda lectura de los
argumentos legales que sirvieron para motivar dicha medida.

‐ La UCM ha ofrecido abrir un proceso de negociaciones para intentar
acordar las medidas de ahorro necesarias para alcanzar el equilibrio
presupuestario, proceso que debería culminar en la fecha
anteriormente señalada.

Madrid, a 2 de julio de 2013

El Rector, José Carrillo
La Gerente, Begoña Aísa

lunes, 1 de abril de 2013

El TSJM reconoce el derecho del PAS laboral a recuperar la mitad de la paga extra de navidad de 2012



En la demanda en materia de conflicto colectivo presentada por la FEDERACIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA DE COMISIONES OBRERAS DE MADRID contra UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DE HENARES, UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, UNIVERSIDAD CARLOS 111, UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID Y UGT, se solicitaba el reconocimiento del derecho del personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas Madrileñas a percibir las cantidades correspondientes a los servicios efectivamente prestados con carácter previo a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, es decir, los correspondientes al periodo comprendido entre los días 1 de enero de 2012 y 14 de julio de 2012, del importe que corresponda para cada trabajador afectado por el presente conflicto colectivo respecto de la paga de Navidad correspondiente al año 2012 .

El pasado 13 de marzo, en el Tribunal Superior de Justicia tuvo lugar el juicio sobre el Conflicto Colectivo, estimando en su integridad la demanda interpuesta por FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE CC.OO y en parte la demanda interpuesta por FETE-UGT, que han quedado acumuladas, tramitadas bajo la modalidad procesal de conflicto colectivo, contra UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DE HENARES, UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, UNIVERSIDAD CARLOS 111, UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, Y UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID, declarando el derecho del personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas Madrileñas a percibir las cantidades correspondientes a los servicios efectivamente prestados con carácter previo a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, es decir , del periodo comprendido entre los días 1 de enero al 14 de julio de 2012, del importe que corresponda por grupo y nivel profesional para cada trabajador afectado por el presente conflicto colectivo respecto de la paga de Navidad correspondiente al año 2012.

- La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo -